Dos hechos inaceptables

lunes 20 enero, 2014

El Instituto de Prensa y Libertad de Expresión IPLEX ve con profunda preocupación la noticia divulgada por el Diario Extra el día de hoy, en la que se señala que autoridades del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) y del Ministerio Público (MP) habrían espiado a periodistas de ese diario, con el objetivo de determinar quienes han sido sus fuentes de información. 

Así mismo ve con preocupación las declaraciones de la candidata a diputada y presidenta del Frente Amplio, Patricia Mora, en las que afirma la prensa miente no sólo diciendo, sino también callando y agrega que implementaría medidas de reformas legales en donde se exijan parámetros éticos mayores a muchos de los periodistas y medios de comunicación. 

En el primer caso, el espionaje, es un hecho muy grave y no debe quedar sin la debida investigación, es necesario llegar hasta las últimas consecuencias. En el segundo, es inaceptable que a estas alturas se pretenda poner mordazas a la prensa y las declaraciones de la señora Mora no pueden pasar desapercibidas.

Como bien lo han señalado los relatores especiales para la libertad de expresión, el derecho a la libertad de expresión protege el derecho de toda persona a tener libre acceso a la información pública y a conocer las actuaciones de los gobiernos. Se trata de un derecho particularmente importante para la consolidación, el funcionamiento y la preservación de los sistemas democráticos por lo cual, sin una garantía de este derecho sería imposible conocer la verdad, exigir una adecuada rendición de cuentas y ejercer de manera integral los derechos de participación política. Las autoridades nacionales deben adoptar medidas activas a fin de asegurar el principio de máxima transparencia, derrotar la cultura del secreto y aumentar el flujo de información sujeta a divulgación, acciones como las que se denuncian van el sentido opuesto y pueden admitirse.

Los denunciantes («whistleblowers») que, siendo empleados gubernamentales, divulguen información sobre violaciones del ordenamiento jurídico, casos graves de corrupción, la existencia de una amenaza grave para la salud, la seguridad o el medio ambiente, o violaciones de derechos humanos o del derecho internacional humanitario deberán estar protegidos frente sanciones legales, administrativas o laborales siempre que hayan actuado de buena fe. Cualquier intento de imponer sanciones ulteriores contra quienes difunden información reservada debe fundamentarse en leyes previamente establecidas aplicadas por órganos imparciales e independientes, con garantías plenas de debido proceso, incluyendo el derecho de recurrir el fallo.

La injerencia ilegítima o las presiones directas o indirectas de los gobiernos respecto de cualquier expresión o información difundida a través de cualquier medio de comunicación oral, escrito, artístico, visual o electrónico, para incidir en su contenido por razones políticas, deben estar prohibidas por la ley.

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