Caso Granier vs. Venezuela: pluralismo y diversidad de medios

Entre los años 2001 y 2002, luego de una crisis política en Venezuela, los altos oficiales del gobierno sostuvieron que Radio Caracas Televisión (RCTV), canal televisivo venezolano dedicado a transmitir noticias y programas de opinión, apoyó el golpe de estado contra el presidente Hugo Chávez. El gobierno alegó entonces que el canal solo ofreció cobertura a las protestas a favor del golpe de estado.

No era la primera vez que RCTV se enfrentaba a Chavez. Sus programas de opinión siempre fueron críticos al gobierno y Chávez los acusó en varias ocasiones de estar a favor de un golpe de estado y de promover la desestabilización del gobierno. Además, insistió que la señal televisiva le pertenecía al gobierno y que era éste quien podía determinar si concedía o denegaba una licencia.

La licencia del canal vencía en el 2007 y antes de que eso ocurriera, Chávez declaró que la concesión no sería renovada. La agencia encargada de conceder licencias de telecomunicaciones no renovó la licencia de RCTV en dos ocasiones, aduciendo que RCTV había presuntamente violentado varias disposiciones con relación a la responsabilidad social en radio y televisión. Insistió en que no era una sanción, sino que simplemente la licencia había expirado.

RCTV presentó varias acciones en las cortes venezolanas contra la agencia gubernamental argumentando que tenían un derecho preferencial a la concesión de la señal televisiva. En el 2010, el canal televisivo hizo una petición ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la cual, dos años después, remitió su informe y el caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

La Corte concluyó en junio del 2015 que la actuación del Estado fue contraria al artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos la cual garantiza el derecho a la libertad de expresión.

Según determinó ese tribunal, la verdadera finalidad de la decisión del gobierno venezolano en negar la licencia de RCTV fue la línea editorial crítica hacia el gobierno y eso no es razón para violar el derecho a la libertad de expresión. Declaró que el Estado tiene que garantizar el derecho a la libertad de expresión, especialmente a las expresiones que no resultan favorables al gobierno. Además, que la decisión discriminatoria a RCTV produjo un efecto amedrentador sobre otros medios de comunicación que pueden tener líneas editoriales críticas hacia el gobierno.

La Corte también dictaminó que el Estado debía restablecer la concesión de la frecuencia del espectro radioeléctrico correspondiente al canal de televisión y devolver los bienes objeto de las medidas cautelares y tomar las medidas necesarias a fin de garantizar que todos los futuros procesos de asignación y renovación de frecuencias de radio y televisión que se lleven a cabo sean abiertos, independientes y transparentes.

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