IPLEX aplaude aprobación de Ley Marco de Acceso a la Información Pública en Costa Rica

La iniciativa busca garantizar el cumplimiento por parte de las autoridades
públicas del derecho de acceso a la información pública, como derecho
fundamental.

Para el Instituto de Prensa y Libertad de Expresión (IPLEX) la transparencia
administrativa constituye uno de los pilares fundamentales del Estado social,
democrático de derecho, es esencial en la lucha contra la corrupción y en la
defensa de los derechos fundamentales de los costarricenses.

Después de años y mútiples intentos, el plenario de la Asamblea
Legislativa aprobó en segundo debate, la Ley Marco de Acceso a la
Información Pública. La iniciativa contó con el voto afirmativo de los 43
diputados presentes al expediente 23.113, que fue presentado el pasado 16 de
mayo por el legislador del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC), Alejandro
Pacheco Castro.

Este texto fue consultado al Instituto de Prensa y Libertad de Expresión
(IPLEX) y al Programa de Libertad de Expresión, derecho a la información y
opinión pública (Proledi), de la Universidad de Costa Rica, quienes plantearon
sus observaciones en razón de la mejora de la iniciativa, así como a diversas
instituciones y medios informativos.

La iniciativa busca garantizar el cumplimiento por parte de las autoridades
públicas del derecho de acceso a la información pública, como derecho
fundamental tutelado en el artículo 30 de la Constitución Política de la
República de Costa Rica, 13.1 de la Convención Americana de Derechos
Humanos y el 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
El proyecto aprobado establece con claridad la obligación del Estado de ser
proactivo en el suministro de la información pública a los habitantes, en forma
pronta, gratuita, transparente, accesible y sin discriminación alguna.

La nueva normativa plantea que los límites al derecho de acceso a la
información pública deben ser interpretada en forma restrictiva, pues la regla
general será el libre acceso a toda la información en manos del Estado.
La aplicación de esta nueva ley recaerá en la Contraloría de Servicios de cada
institución, o en su defecto, sobre cualquier otra oficina existente destinada a la
atención de los habitantes.

Toda información solicitada debe ser suministrada en un plazo no mayor de
diez días hábiles a toda persona física o jurídica, contado a partir de la fecha de
recepción de la solicitud y en caso de no ser posible en ese tiempo se indica un
procedimiento expedito y claro.

Adicionalmente, se detalla la información, actualizada y completa, que toda
institución deberá publicar en sus páginas web oficiales.
Un hecho novedoso es que la ley contempla un régimen sancionatorio interno
para todo aquel funcionaria o funcionario público que infrinja esta ley.

Finalmente, el proyecto aprobado indica la protección jurisdiccional, al reiterar
que el derecho de acceso a la información pública, como derecho fundamental
de origen constitucional, será siempre susceptible de tutela judicial mediante el
recurso de amparo establecido por el artículo 29 de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional, en relación con los artículos 30 y 48 de la Constitución Política
de la República de Costa Rica.

Junta Directiva IPLEX

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